Tras el asunto referente a Brandon Alexis Flores Ramírez, la ministra Norma Lucía Piña propuso
declarar la prisión preventiva como inconstitucional. Por su parte el ministro Luis María Aguilar
comparte la idea de inconvencionalidad de la prisión preventiva oficiosa. Por esto mismo, la
Suprema Corte de Justicia de la Nación agendó para este próximo jueves atender en su sesión la
acción de inconstitucionalidad 130/2019.
Lo que se buscará cambiar es el tercer párrafo del artículo 167 del Código Nacional de
Procedimientos Penales ya que se presume como inconstitucional al este párrafo atentar contra
la libertad personal y presunción de inocencia.
“El Juez de control en el ámbito de su competencia, ordenará la prisión preventiva oficiosamente
en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio
doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de
programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento
ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus
modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia
de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos
con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos
de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que
determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de
la salud.”
Aunque si bien en el caso que se avale la propuesta y deje de ser aplicable la prisión preventiva
a presuntos delincuentes, la figura seguirá existiendo en el país para los casos donde haya
evidencias de que el imputado podría darse a la fuga durante el proceso, o haya conductas que
pongan en riesgo a la sociedad. Sin embargo, muchas personas que actualmente se encuentran
bajo la figura de prisión preventiva, quedarán en libertad de inmediato.
Cabe hacer mención que el pasado 9 de febrero la figura de la prisión preventiva ya sufrió un
cambio. La figura se vuelve revocable tras 2 años en prisión preventiva sin recibir sentencia, aun
cuando se trate de delitos graves. Lo que se pretende hacer será un cambio radical, y habrá que
esperar a la resolución de la Corte al respecto y ver las afectaciones que trae consigo.
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